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Medidores en comunidades



Ahora bien, en edificios y conjuntos habitacionales acogidos a la ley de copropiedad inmobiliaria, aparte del medidor general, instalado junto a la línea oficial a la entrada del inmueble, deberan contar obligatoriamente con remarcadores en cada departamento o inmueble y medidores remarcadores para registrar los consumos comunes. La instalación de estos medidores remarcadores es de cargo de los clientes y la mantención y renovación es de cargo de la empresa sanitaria.

Para medir el consumo de estos inmuebles, la empresa registra el consumo del medidor general, la comunidad debe constribuir al pago de esta diferencia de consumo, la que se distribuye (prorratea) entre cada comunero, en la misma proporción a los consumos individuales de cada uno de ellos, o de acuerdo a lo que la comunidad decida.

Por el contrario, si la suma de los consumos de los remarcadores es superior al consumo registrado en el medidor general, la empresa debe descontar a cada comunero el proporcionalmente la diferencia correspondiente, la que se llama prorrateo negativo.




Dirección: Apoquindo 6410 OF. 1003, Las Condes; Santiago.

Telefono: 222 440 220 - (09) 612 00 454
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